Sección de Estudios de Posgrado e Investigación ESIME Zacatenco - ESIME Zacatenco

Instituto Politécnico Nacional

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Proceso de admisión

Para Especialización y Maestría

Para ser aceptado en el programa, se deberán cumplir con los requisitos que establece el Reglamento de Estudios de Posgrado del IPN (REP-IPN), Capítulo 3: Artículo 28.



Artículo 28. Para ser admitido como alumno en los programas de especialidad, especialidad médica y maestría, el aspirante deberá cumplir con los siguientes requisitos:
I. Poseer título profesional o certificado oficial de terminación de estudios;
II. Aprobar el proceso de admisión diseñado para tal efecto;
III. Acreditar el examen de comprensión de lectura y traducción del idioma Inglés o de aquel que el colegio de profesores considere adecuado, ya sea a través del Centro de Lenguas Extranjeras del Instituto o el equivalente en otro tipo de examen reconocido nacional o internacionalmente y aprobado por el colegio académico;
IV. No haber causado baja en algún posgrado del Instituto, salvo que le haya sido revocada por el colegio académico, y
V. Cubrir los derechos y cuotas correspondientes.
Sólo en caso justificado los coordinadores de los programas de especialidad podrán solicitar a la Secretaría que se dispense el requisito señalado en la fracción III anterior.

Para Doctorado

Para ser aceptado en alguno de los dos programas, se deberán cumplir con los requisitos que establece el Reglamento de Estudios de Posgrado del IPN (REP-IPN), Capítulo 3: Artículos 29 y 30.



Artículo 29. Para ser admitido como alumno en los programas de doctorado en ciencias o doctorado en ingeniería, el aspirante deberá satisfacer los siguientes requisitos:
I. Poseer título profesional de licenciatura;
II. Poseer el grado de maestro;
III. Aprobar el proceso de admisión diseñado para tal efecto;
IV. Obtener un promedio global aprobatorio en el examen de dominio de por lo menosdos habilidades del idioma Inglés o de aquel que el colegio de profesores considere adecuado, ya sea a través del Centro de Lenguas Extranjeras del Instituto o el equivalente en otro tipo de examen reconocido nacional o internacionalmente y aprobado por el colegio académico;
V. No haber causado baja en algún posgrado del Instituto, salvo que le haya sido revocada por el colegio académico, y
VI. Cubrir los derechos y cuotas correspondientes.
Sólo en caso justificado los coordinadores de los programas de especialidad podrán solicitar a la Secretaría que se dispense el requisito señalado en la fracción III anterior.

Artículo 30. Para ser admitido al doctorado en ciencias o doctorado en ingeniería sin haber realizado estudios de maestría, además de ser propuesto por el colegio de profesores correspondiente, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
I. Del aspirante;
  1. Poseer un promedio mínimo de ocho en escala de cero a diez, en los estudios de licenciatura, o su equivalente en otras escalas, y
  2. Cumplir con los requisitos previstos por el artículo 29 del presente Reglamento, con excepción de lo dispuesto en la fracción II del mismo.

II. Del programa
  1. Que cuente con registro en el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología o que cumpla con las tasas de graduación requeridas por dicho organismo y contar con un cuerpo académico calificado reconocido por el Sistema Nacional de Investigadores, y
  2. Que ofrezca líneas de investigación de actualidad y prioritarias.

En todos los casos los directores de tesis deberán ser profesores colegiados y pertenecer al programa de que se trate y acreditar que cuentan con fondos suficientes para sostener la investigación del alumno.
El tema de tesis del alumno deberá ser de tal calidad que permita la publicación de los resultados en una revista de la especialidad de circulación internacional, con registro en el ISI Data Base, o su equivalente, avalado por la Secretaría, a propuesta del colegio correspondiente.

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